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jueves, 2 de octubre de 2008

NORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL SERCIO DE COMEDOR DEL CURSO 2008/2009

• El horario de comedor es de 14:00 a 16:00 horas.

• El número de comensales, por motivo de espacio, no podrá exceder en ningún caso de 80 alumnos.

• Habrá dos turnos de acuerdo a lo aprobado en Consejo Escolar con fecha 09/10/2006.
• La empresa es la responsable del funcionamiento del servicio y de la organización del trabajo de sus trabajadores.

• Los niños/as de edificios diferentes a los del comedor, al terminar sus clases de la mañana, esperarán en el patio de sus respectivos edificios hasta que se reúnan todos/as, para ser acompañados/as por una cuidadora.

• No se puede salir del Centro en horario de comedor, si no es acompañado/a por el padre, madre o tutor/a. Salir del recinto escolar sin el conocimiento y autorización del Director o Encargado del comedor es una falta muy grave, y supone la expulsión automática y definitiva por el resto del curso escolar. A estos efectos, si puntualmente un alumno de comedor no fuera a hacer uso del servicio, el padre, madre o tutor legal deberá comunicarlo antes de recogerlo y abandonar el Centro.

• El pago del comedor se hará a través de un recibo que será presentado al cobro por la empresa concesionaria del servicio entre los meses de octubre y mayo en la cuenta corriente o libreta de ahorro que haya sido facilitada por la familia, prorrateando en esos ocho recibos el total de días lectivos del curso escolar. Cuando un recibo sea devuelto por causas imputables al titular de la cuenta, los gastos de devolución serán aumentados al importe de las minutas del mes siguiente. La falta de pago, sin causa justificada, supondrá la expulsión del comedor.

• Hasta el quinto día de inasistencia al comedor (con o sin aviso previo) deberá abonarse a la empresa contratista el importe total del precio del cubierto. A partir del sexto día, con aviso de inasistencia por un tiempo determinado y sin baja del servicio de comedor, deberá abonarse a la empresa el 50% del importe de la minuta, hasta la comunicación de la baja total o su reincorporación al comedor (según se recoge en los pliegos de condiciones entre Consejería y Empresa adjudicataria).

• Los alumnos que necesiten hacer uso de este servicio en días puntuales, lo solicitarán en Secretaría con al menos, un día de antelación. Y el pago se hará en metálico en el momento de solicitarlo.

• La exclusión del servicio de comedor será automática por falta de pago y por falsear documentos.

• Al terminar la comida los niños/as permanecerán en el patio de recreo o en el lugar habilitado a tal efecto, vigilados y atendidos por las cuidadoras.

• No se puede permanecer durante las horas de recreo del comedor en los pasillos, aulas o cualquier otra dependencia del Centro, a excepción de las destinadas a tal efecto, y siempre acompañados/as por las cuidadoras.

• No se permitirán juegos violentos.

• No se puede sacar comida del comedor.

• Se debe cuidar el mobiliario y el menaje.

• Cada usuario tendrá asignado un sitio.

• No se puede cambiar de sitio sin autorización de los/las cuidadoras.

• Las entradas y salidas se harán en orden y en silencio, cada usuario ocupará el sitio asignado y permanecerá sentado hasta finalizar la comida.

• No se puede usar el baño sin el permiso del personal del comedor.

• No se puede dar voces.

• No se puede tirar la comida ni jugar con ella.

• Se comerá con la debida educación y respeto hacia los demás.

• Se debe respetar a los compañeros. Abusar de ellos o someterlos a tratos vejatorio se considerará falta grave o muy grave y supondrá la expulsión automática del comedor.

• Se llevará un libro de registro de incidencias.

• Las faltas leves serán sancionadas inmediatamente por el personal responsable del servicio.

• Cuando un/a niño/a haya cometido dos faltas leves, se comunicará a la familia por escrito, advirtiéndoles que a la tercera falta el/a niño/a será expulsado del comedor por un día.

• Si el/a niño/a es reincidente y vuelve a cometer tres faltas leves la expulsión será de tres días, siguiendo el mismo procedimiento del punto anterior.

• Si continúa acumulando faltas, la siguiente expulsión será durante una semana.

• En caso de no corregir su actitud y continuar cometiendo faltas, la expulsión será definitiva.

• Todas estas notificaciones escritas se harán a través de un impreso entregado en mano al alumno/a o a la familia, que deberá devolver en Secretaría el recibí que se adjuntará, dándose por enterados de la notificación.

• Ofender de palabra u obra, la desobediencia y malos modos ante las indicaciones de cualquier miembro del comedor, del personal encargado del servicio y/o profesor del centro se considerará falta grave o muy grave y supondrá la expulsión automática.

• Se creará en el seno del Consejo Escolar una comisión de comedor, que será la encargada de canalizar las deficiencias o irregularidades detectadas en el servicio y adoptar las medidas oportunas para subsanarlas.

• Para cualquier otra situación no contemplada en estas normas específicas será aplicable la normativa que recogen las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.

• Se les comunica la existencia del Plan de Calidad de Comedores Escolares, cuya información se puede obtener en la página web http://www.educa.jccm.es. “Alumnado y familia”, “Servicios Educativos”, “Comedor Escolar”, “Plan de Calidad”.

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